París – 15.07.2026: La Asamblea Nacional decide este miércoles, en lectura definitiva, sobre el proyecto de ley que pretende crear, bajo estrictas condiciones, un derecho a la eutanasia. Tras el reiterado fracaso de un acuerdo con el Senado, la cámara de diputados tiene la última palabra en virtud del artículo 45 de la Constitución. Con su aprobación, el procedimiento parlamentario iniciado en 2025 alcanzaría su conclusión legislativa.
El Senado rechazó nuevamente el texto el 7 de julio, después de que ambas cámaras ya hubieran mantenido profundas discrepancias en varias lecturas. La Asamblea Nacional aprobó la propuesta el 30 de junio en una nueva lectura. En el debate definitivo, los diputados ya no pueden modificar el texto. Por tanto, se votará esencialmente la versión que la Asamblea Nacional había aprobado previamente.
La ley debe abrir a las personas adultas con una enfermedad grave e incurable el acceso a una sustancia letal. El requisito es que la esperanza de vida esté afectada a causa de la enfermedad y que la persona padezca sufrimientos resistentes al tratamiento o percibidos como insoportables. En principio, la sustancia deberá ser administrada por la propia persona afectada; si esto no es físicamente posible, podrá ser administrada, bajo determinadas condiciones, por un médico o personal de enfermería.
El Gobierno presenta el proyecto como una ampliación estrictamente regulada de la autodeterminación al final de la vida. Sus detractores, en cambio, ven el riesgo de que las personas vulnerables no queden suficientemente protegidas y de que cambie fundamentalmente la relación entre cuidados, medicina y muerte a petición. Durante sus deliberaciones, el Senado había favorecido una regulación mucho más restrictiva y finalmente rechazó la introducción de tal derecho.
El primer ministro Sebastien Lecornu anunció que, tras una aprobación prevista, recurrirá al Consejo Constitucional. Los jueces deberán examinar en particular si la duración del plazo de revocación previsto por la ley es compatible con la libertad personal y la dignidad humana. Lo mismo se aplica a las normas para las personas adultas bajo curatela o tutela legal, cuya autorización libre e informada debe estar especialmente garantizada.
Otro punto de examen se refiere a la cláusula de conciencia para el personal médico. Los médicos y el personal de enfermería deberán poder rechazar su participación, pero deberán informar sin demora a la persona solicitante y remitirla a otros profesionales dispuestos a participar. Al mismo tiempo, se plantea la cuestión de cómo esta libertad individual es compatible con instituciones cuya misión se basa en acompañar a personas gravemente enfermas al final de la vida y que excluyen institucionalmente la eutanasia.
El recurso ante el Consejo Constitucional no es una repetición política del debate parlamentario, sino un examen de disposiciones concretas conforme a la Constitución. La ley solo podrá promulgarse después de su decisión. Paralelamente, el Parlamento ya había aprobado una ley separada para reforzar los cuidados paliativos, cuyo objetivo es ampliar el acompañamiento al final de la vida en todo el territorio.
Fuentes
- Asamblea Nacional
- Senado
- AFP via Capitol
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